PLAN LECTOR

Mediación, convivencia y ambiente
A.   Comités de mediación: Es un espacio grupal que consta de miembros de la comunidad educativa, donde se capacitan y participan en la solución del conflicto.
a.    Elección y perfil de los mediadores: En cada grado el comité está conformado por tres (3) estudiantes del curso que se postulen de manera libre y voluntaria o en su defecto elegido por votación, estos comités se elegirán de preescolar a undécimo; el mediador debe cumplir con ser imparcial, escucha activa, respeto y discreción.
b.    Funciones del comité mediador: Asistir a las capacitaciones, identificar las problemáticas que hay en el curso, promover actividades y acciones para mejorar la convivencia en el salón, promover alternativas de solución ante dificultades a través del dialogo y acudir a instituciones que aporten conceptual y metodológicamente elementos para apoyar el proyecto.

B.   Comité escolar de convivencia: Se creó con el fin de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, este comité está conformado por: rectoría, coordinación, un representante de los profesores, un representante de los estudiantes, bienestar escolar, personero y dos representantes de los padres.
a.    Son acciones o decisiones del comité(ART. 26/ decreto 1965): El comité escolar de convivencia quiere ver reflejado en la comunidad educativa (próximos ciudadanos) a la promoción y fortalecimiento  de los derechos humanos para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia.
b.    Son funciones del comité escolar de convivencia (ART. 13 ley 1620 / 2013): identificar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes, liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten convivencia, promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas y hacer seguimiento de las disposiciones establecidas.
Al igual que (ART. 36 decreto  1965 de 2013): liderar los ajustes del manual de convivencia, proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar de la comunidad, liderar el desarrollo de iniciativas de formación en la comunidad, fortalecer lo que es los proyectos pedagógicos para la sexualidad y competencias ciudadanas, generar mecanismos que desarrolle su calidad de vida en el desarrollo de competencias ciudadanas y derecho humano.
Para efectos del buen desarrollo es necesario tener en cuenta las siguientes definiciones (ART. 39 decreto 1965/2013): los conflictos son situaciones donde hay una incompatibilidad entre dos o varias personas, los conflictos manejados inadecuadamente son situaciones donde los conflictos no son resueltos de manera constructiva, la agresión escolar es toda acción que tenga como finalidad causar daño ya sea físico, moral, de salud, realizada por dos o varios integrantes, estas formas de agresión pueden ser: agresión física, verbal, gestual, relacional y/o electrónica, el acoso escolar (bullying) es toda conducta negativa, sistema de agresión, intimidación, humillación, etc…, el ciberacoso escolar(ciberbullying) es toda forma de intimidación a través de e-mails, redes sociales, telefonía…, violencia sexual es la violencia que hay sobre un niñ@ y adolescentes de manera sexual ya sea aprovechándose de las condiciones de indefensión y/o desigualdad.

C.   Comité ambiental escolar: Es un órgano asesor el cual vela por la seguridad ambiental de la comunidad e institución   educativa en el marco educativo institucional (PEI), el acceso es voluntario para las personas que quieran prestar un servicio al ambiente de la institución ya sean de estudiantes, docentes y/o padres de familia.
a.    Tendrán calidad de vigías ambientales escolares, los cuales actuaran como veedores del ambiente.
b.    Funciones del comité escolar: asesorar al gobierno escolar para fortalecer el ambiente en la institución, liderar, implementar y evaluar el proyecto ambiental escolar (PRAE), realizar proyectos y programas que apunten al mejoramiento del PRAE, generar espacios pedagógicos educativos para crear y fortalecer la importancia del ambiente en la institución y sus alrededores.
c.    Las actividades desarrolladas por grados decimos y once  que participen en los programas tendrán efectos en el servicio social obligatorio. 



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